Fundamentos de Filosofía, Ética y Sociedad: Conceptos Clave
I. El Conocimiento y la Razón
Conceptos Fundamentales del Conocimiento
Conocimiento sensible: Conjunto de fenómenos psíquicos y cognitivos determinados por el influjo y la excitación que ciertos objetos producen en nuestros sentidos.
Sensación: Aprehensión de las cualidades sensibles de los objetos; es la condición sensorial de la percepción.
Sentidos: Facultad o poder que nos capacita para reaccionar a estímulos externos; es el medio por el cual captamos la realidad sensible.
Intelecto y conocimiento: El intelecto es capaz de conocerse a sí mismo, se autodetermina, piensa racionalmente y es capaz de conocerse a sí mismo.
Fenómeno cognitivo: Aquello que decimos creer que realmente existe. El fundamento del conocimiento es demostrar que se sabe: el objeto produce una modificación en la percepción, lo que lleva al pensamiento e idea, luego al intelecto, y finalmente trasciende al sujeto.
Verdad: Correspondencia entre el pensamiento y la realidad. Un sujeto busca que la idea de un objeto sea verdad.
Conocer: Comprender algo. Biológicamente, todos lo necesitamos; es análogo a un instinto, inmaterial.
Idea: Representación intelectual de algo. Con ella captamos la naturaleza y la esencia de las cosas. Se expresa por el lenguaje. Es adecuada cuando representa el espíritu de todos los elementos.
Juicio: El intelecto afirma o niega una relación entre dos conceptos. Es el acto por medio del cual el espíritu afirma una cosa de otra. Tiene tres elementos: sujeto (quien afirma o niega), predicado (la cosa), y verbo (afirmación o negación). Juzgar es afirmar o negar la relación entre dos ideas.
Proposición: Juicio expresado verbalmente.
Razonamiento: Operación mediante la cual el espíritu, a partir de dos o más relaciones conocidas, concluye otra relación derivada lógicamente.
Deductivo: Movimiento del pensamiento que va de una verdad universal a una menos universal.
Aprehender: Concebir una idea.
Imagen: Representación determinada de un objeto sensible.
Término: Idea expresada verbalmente (a diferencia de la palabra, un término puede abarcar varias palabras y formar una idea lógica).
Especie: Todo aquello que se puede dividir de forma material o ideal en diversos elementos.
Lógica: Ciencia de las leyes ideales del pensamiento y el arte de aplicarlas correctamente a la investigación y a la demostración de la verdad.
Entendimiento: Cuando se dirige a la contemplación de algo que preexiste, se orienta a la acción. El entendimiento preconcibe algo que existe o no, y el intelecto es el encargado de determinar la existencia.
Acto cognitivo: El conocimiento concibe una idea. La concepción de una idea consiste en captar lo que la cosa es.
Definir: Poner fin a algo, determinar.
Definición nominal: Se orienta a determinar el significado de un término.
- Etimológica: Recurre a encontrar el origen y sentido, va a la raíz.
- Sinonímica: Recurre a buscar el significado desconocido de un término mediante otro término de significado conocido.
Definición real: La cosa expresada por un término. La definición propiamente dicha busca delimitar la definición de un término, delimita la comprensión de un objeto.
II. La Voluntad y la Acción Humana
Principios de la Voluntad
Voluntad: Facultad de apetecer el bien conocido por la razón.
Principio de voluntad inteligente: En cuanto conoce el fin, los medios y las consecuencias de la acción, la voluntad es capaz de determinar, mediante una elección racional, el bien al que se orienta la acción.
Principio de actividad ordenada: Se refiere al bien que es objeto de la voluntad. Se dice que el hombre no puede querer otra cosa que no le haga bien.
La voluntad se autodetermina hacia un determinado fin de acción; esta autodeterminación implica actuar o no actuar.
Circunstancias interiores: La instrucción y la falta de discernimiento.
Circunstancias exteriores: La facultad de su capacidad de decidir.
Acto humano: Aquella acción realizada con la intervención de la voluntad, la libertad y el raciocinio. Es imputable física (material) y moral (por la voluntad libre).
Bien: Concepto metafísico.
Bien existencia: No se ajusta al bien moral, sino más bien a lo que se presenta como un bien objeto de la voluntad y al fin al que se orienta.
III. La Naturaleza del Hombre y la Sociedad
Fundamentos Antropológicos y Sociales
Naturaleza del hombre: Animal racional, conjunto unitario interdependiente. Vive y muere, tiene necesidades, comparte conocimiento sensible, y posee necesidades físicas con satisfacciones sociales y culturales.
Razón (según Aristóteles): Es el único ser que dice lo que las cosas realmente son. Es un ser político, utiliza el lenguaje, es pacífico y sociable. Para el griego, el hombre no es sujeto. Libertad cristiana (no estamos predestinados a querer): libertad existencial/libertad psicológica.
Subsistencia: Existimos de sí y porque sí, y nuestra existencia es una abstracción.
Objetos esenciales (del hombre): Racionalidad, libertad y sociabilidad.
Sociedad: Unión estable y duradera en vista de un fin común. Es una unión de voluntades, ya que existe cuando los integrantes buscan vincularse. Los miembros funcionan de forma coordinada, colaborativa y subordinada. La Sociología la concibe como un organismo, un cuerpo único y ordenado, que nace a partir de las voluntades libres en vista de un fin común.
Sociedad (según Tomás de Aquino): Unidad duradera y estable en vista de un fin común.
- Conjunto de humanos en interdependencia.
- Trama de relaciones sociales, relaciones recíprocas, duradera y permanente.
- Identificable, con valores compartidos y pautas de comportamiento.
- Estructura social.
Bien común: Objetivo último de la sociedad para sus miembros. Conjunto de bienes y valores que se aspira lograr. Son los medios para alcanzar el fin común, así como las condiciones e instituciones que permiten el desarrollo de las actividades de los miembros.
Principio de totalidad: La persona es un valor absoluto y, al ser parte de la sociedad, es parte del todo. Complementa a la sociedad sometida al bien común.
Fin común: Razón de existencia de la sociedad. La sociedad busca que sus miembros participen en su ejecución; esto justifica su existencia. Según la filosofía moral y ética, el fin común es el bien común.
Principio de autoridad: Se necesita que se represente y se garantice dirigir un grupo social en base a un modelo político.
Principio de subsidiariedad: La sociedad debe respetar el carácter general de los miembros.
Principio de solidaridad: La sociedad para con sus miembros y viceversa.
Categoría social: Pluralidad de personas que comparten características por ser análogas en algún sentido. No es necesaria la comunicación social, ni siquiera la proximidad; son anónimos entre sí (ejemplos: multitud, turba, auditorio).
Conglomerado social: Pluralidad de personas que se hallan en proximidad física y comparten un objetivo o finalidad.
Las multitudes: Conglomerado de personas con escasa interacción, que comparten una motivación y un espacio físico, generalmente pacífico.
Auditores: Conglomerado de personas que asisten a un acto.
Lo social: Implica dos condiciones: que haya una pluralidad de seres humanos y que exista una relación recíproca e interacción. Es estrictamente una realidad social.
Bien común (otra perspectiva): Condición que se persigue, conjunto de condiciones de los bienes particulares, valor superior de los bienes particulares. Es el bien de la mayoría, no el de todos, y exige que cada persona tenga su propio bien.
Grupo social: Unidad de acción. Para que exista, se necesita cooperación e integración cultural.
Control social: Medios y técnicas que dirigen conductas desviadas y términos para lograr un mínimo de conformidad. Se fuerza o se castiga (el más importante son las normas y reglas). Son directrices que rigen el desarrollo de una sociedad, una guía de lo aceptable o no aceptable en una sociedad.
Factores (del control social): Universalidad, presión social, valoración social.
Tipos de normas: Morales, religiosas, jurídicas. Reflejan el pluralismo cultural. Las reglas del derecho son las más importantes y se justifican cuando hay vida social; prescriben porque delimitan el comportamiento, ejerciendo presión. Otra perspectiva dice que el derecho tiene primacía sobre el Estado.
Pautas de comportamiento: Uniformidad de obrar y de pensar.
- Hábitos sociales: Conveniente pero no obligatorio.
- Costumbres: Deseable pero no imperante.
- Normas: Comportamiento debido, varían dependiendo de los valores, regulan el comportamiento.
Sentido de las pautas:
- Universal: Mayor o menor grado de uniformidad.
- Presión social: Grado en que la sociedad sanciona el comportamiento.
- Valoración social: Importancia que la sociedad le da a esa uniformidad.
Alteridad: La existencia del otro. Por la existencia del otro es necesaria la regulación, lo que alude al derecho y la sociedad.
IV. El Estado y el Derecho
Organización Política y Normativa
Estado: Máximo poder político, es la nación políticamente organizada.
- Amplio: Organización política.
- Estricto: Realidad política de los tiempos modernos.
Rasgos (del Estado moderno): Secularización del poder, unificación y centralización, determinación territorial, legitimación del poder, institucionalización.
Derecho y Estado: El Estado respalda la eficacia del derecho y, a la vez, determina el derecho.
Perspectiva 1 (Derecho): La regulación de la conducta humana aparece en todo tipo de organización.
Perspectiva 2 (Derecho): El derecho puede existir aunque no haya Estado.
Cronológica (relación Estado-Derecho): El Estado aparece antes de todo tipo de organización. / Conceptual o lógica: El derecho puede existir aunque no hubiera Estado.
Estado de derecho: Organización política sometida al derecho. Los ciudadanos tienen derechos, hay separación de poderes, prima el imperio de la ley, personalidad jurídica, protección de los derechos y libertades de los individuos. Evita resolver de forma particular (coacción) a través de órganos del poder judicial con su debido procedimiento. Han regulado el orden jurídico, pero la fuerza no ha desaparecido, sino que la tiene el Estado. Cuando un conflicto se resuelve de forma ordenada, con un juicio, no desaparece.
Función del derecho: Orientación del comportamiento, integración y control social, resolución de conflictos, legitimación del poder. El derecho ejerce poder en la sociedad, representa un mínimo ético y refuerza el comportamiento de una conducta, incorporando al ámbito de los valores determinados comportamientos.
Gorgias: Es la ley natural que el fuerte cohíba al débil, que el fuerte conduzca al débil.
Calicles: La naturaleza prueba que es justo que el hombre hábil posea más que el que no tiene.
Derecho no es lo mismo que poder: Es considerado como la expresión del orden éticamente correcto y aceptable, y al ser ético, obliga, mientras que el poder no constituye en sí mismo una justificación para obligar. Las conductas éticas se vinculan con lo justo. El derecho es un campo menos extenso que el moral.
También hay una postura de interrelación entre el poder y el derecho, donde el derecho reclama y necesita del poder, así como el poder reclama y necesita del derecho. El derecho necesita poder y de alguna forma legitima el ejercicio del poder.
Poder: Fenómeno tanto social como individual. Es la capacidad de determinar la conducta del otro. Una relación de poder consiste en que una de las partes actúe acorde a lo decidido por otra.
El poder se obtiene por medio del control de elementos valiosos para la vida humana, como el poder físico, el poder de autoridad y reconocimiento, y el poder económico.
V. Ética y Moral
Principios y Perspectivas
Sentido moral de la vida humana: No radica en el contenido, pertenece al ámbito ético. Las conductas éticas se vinculan con lo justo, y la justicia comprende lo indispensable socialmente.
Moral: Apunta a la bondad y a la perfección del ser.
Moral positiva: Aquellas conductas que la sociedad tiene y las refleja en sus normas. La necesidad de someterse a normas es universal, comprende cierto conjunto de conceptos, juicios de valor y sentimientos morales.
Moral como objeto de conocimiento: Hay teorías morales empíricas que tienen por objeto algún tipo de examen a una moral positiva, y desde esta perspectiva se pregunta por las valoraciones morales de una determinada sociedad y, además, les da explicación.
Enfoque filosófico (de la moral): Sócrates como punto de partida de este enfoque, también llamado enfoque crítico. Es una reflexión sobre valores, ideas, normas y conductas morales. Pretende argumentar fundamentando racionalmente. No hay certeza, no hay autoridad, y no hay método; el único recurso para avanzar es la inteligencia racional.
Filosofía moral: Es un razonamiento orientado a fundamentar las acciones porque se basa en la pregunta de qué es lo que se debe hacer.
Hay que justificar las acciones. Las conductas morales justifican acciones. Las normas morales se fundamentan en principios, análogo al razonamiento especulativo. La conducta de una persona se califica moralmente como correcta o incorrecta en conformidad con una norma.
Moral subjetiva: No está escrita y da libertad para ello. La persona es libre, con libre albedrío. La inexistencia de órganos causa esa sensación.
Moral no subjetiva: Reacciones adversas; nos necesitamos de otros.
Coacción: Es un elemento meramente instrumental, y el otro es un elemento interno constitutivo.
Coacción y coerción: Son el efectivo uso de la fuerza para lograr que alguien haga algo o se abstenga.
Coactividad y coercibilidad: Explican la posibilidad del uso de dicha fuerza.
Principio de la razón práctica: Principio orientado a lo que se debe hacer. Este utiliza la razón para guiar nuestro obrar. No hace más que afirmar que si algo es moralmente bueno, es racional perseguirlo.
Las normas se justifican en principios.
Principio de verificación empírica: Para asegurar que algo es verdadero, hay que identificarlo empíricamente.
Principio de no contradicción: Principio lógico enunciado por Aristóteles. Está en la base de cualquier enunciado teórico y consiste en que nada puede ser y no ser al mismo tiempo.
Los principios no son demostrables porque son autoevidentes, son axiomáticos.
Consecuencias desfavorables (de la conducta): Negación, desaprobación, hasta una marginación o reclusión carcelaria y, en algunos casos, pena de muerte.
Consecuencias favorables (de la conducta): Afecto y aprecio del grupo, premios, ventajas o privilegios.
Fundamentación de la norma: Se basa en bienes morales axiomáticos donde se tiene que perseguir el bien y evitar el mal. Esto lleva a la identificación de los bienes humanos como base de normas que deben regir en sociedad.
Tesis subjetivista: Si algo le parece bueno, es bueno para esa persona.
Bienes básicos: Vida biológica, vida familiar, amistad con afecto y reciprocidad, trabajo y juego, conocimiento, experiencia de la belleza.
Bienes instrumentales externos: El dinero como bien neutral, puede hacer bien como mal. Bienes de la fortuna, normas que protejan la vida y eviten lo contrario.
Moral positiva y derecho positivo: El derecho representa la parte más sensible e importante de la moral. Coinciden extraordinariamente. Todas las conductas del Código Penal castigadas lo son por ser inmorales, y no es que se vuelvan inmorales porque estén prohibidas penalmente. Normas recogidas por el derecho positivo, pero que forman parte de la sociedad: solidaridad, respeto, cumplir promesas, etc. Son todas conductas moralmente deseables. Cuando se razona acerca de lo correcto e incorrecto, se recurre a la norma.