Locke y Kant: Fundamentos Filosóficos del Derecho y la Propiedad

Comparación Filosófica: John Locke e Immanuel Kant

La Fundación del Liberalismo Político en Locke

John Locke había establecido las bases del liberalismo político a partir de una reformulación del contrato social de Hobbes. Para el individuo, el tránsito del estado natural a la sociedad civil no se debía a un estado de guerra permanente que exigiera la construcción de un leviatán para vigilar y castigar la quiebra de la ley, sino a la necesidad de garantizar una instancia neutra que arbitrara entre el poder y el derecho. La sociedad civil, con sus poderes ejecutivo, legislativo y federativo, garantizaba lo que el individuo ya poseía en el estado de naturaleza. El tema central del contrato era, por tanto, el derecho a la propiedad. Locke incluía en este derecho aspectos esenciales para el individuo: la propiedad de la vida misma, la propiedad de los bienes y la libertad de elegir los medios para apropiarse, mediante el trabajo, de lo necesario para la vida.

La Teoría del Derecho y la Propiedad en Kant

Immanuel Kant desarrolló su teoría del derecho no en la Fundamentación de la metafísica de las costumbres, sino en la posterior Metafísica de las costumbres (1797). En esta obra, Kant sostiene una tesis similar a la de Locke, al hacer preceder la propiedad a la sociedad civil, si bien defendiendo que es el gobierno civil el garante efectivo. A diferencia de Locke, el derecho (la ley en la sociedad civil) no deriva de la naturaleza humana, sino de la dimensión ética del ser racional; las leyes de la sociedad civil deben estar en armonía con los imperativos éticos racionales. Las leyes no pueden fundamentarse en lo empírico; necesitan principios a priori basados en la razón.

El hombre es objeto en la naturaleza, afectado por diversos estímulos naturales, por sus inclinaciones, etc. El estado natural no aporta más de lo que ofrece a cualquier criatura, pero la dimensión auténtica del hombre no proviene de la naturaleza, sino de la razón. Mediante ella, el hombre es sujeto en el reino de la libertad. Dada, pues, esta dimensión trascendente, lo que posibilita la propiedad para Kant no es la naturaleza humana, sino la propia razón. Kant llega a afirmar que la propiedad es un postulado de la razón práctica. Dicho de otro modo, aunque no se pueda saber por qué existe la propiedad, esta es una condición para nuestra razón práctica: “Es, por tanto, una presuposición a priori de la razón práctica considerar y tratar cualquier objeto de mi arbitrio como mío o tuyo objetivamente posibles”.

Dignidad Humana y la Economía en Kant

Ahora bien, en Kant es crucial distinguir las exigencias externas del derecho de las internas de la ética. Kant no liga la economía a la razón práctica y, por tanto, tampoco al derecho, sino que la incluye en la razón teórica. De este modo, la economía queda incluida en una teoría de la naturaleza, pero excluida de la dimensión práctica. Cabe destacar que las leyes prácticas de la ética no buscan explicar, sino postular. Pretenden proponer tareas a realizar con cierta garantía de universalidad, pero no se detienen a considerar los efectos que la economía, por ejemplo, tiene sobre la realidad social. Kant no conecta la ciencia de la economía con la ética; solo lo hace en un punto y, además, de manera negativa.

Relaciona la economía y la ética en el punto que él denomina dignidad. La dignidad puede entenderse como un freno a la tendencia económica del mercado a universalizar el valor de cambio, la equivalencia del valor, sin fijar una fuente trascendente de valor. Kant sí fija ese valor sin equivalencia en la persona como valor en sí misma. Y justo en esa intersección en la que separa las aguas de la ética y la economía, se establece el punto de arranque de toda ley moral y, por extensión, de toda ley jurídica. Por ejemplo, la fórmula del imperativo categórico que apunta a la dignidad, y que considera a la persona como fin en sí misma, deriva en el derecho penal en la consideración de que el delincuente no podrá ser usado para fines deshonrosos. Por tanto, aun perdiendo su capacidad jurídica, el sujeto permanece moralmente intacto. Además, el mercado no puede regular todo el reino de los fines; la utilidad no puede ser, como pensaban los utilitaristas, el máximo bien en tanto que aporta la felicidad al mayor número de individuos. Debe existir un valor más allá del mercado, del intercambio, de la equivalencia, que garantice lo humano. Ese valor es el sujeto moral, lo que Kant denomina persona y que posee dignidad.

Derecho de Rebelión y Contexto Histórico

Por otra parte, en la tradición iusnaturalista, si se superpone el derecho que otorga la sociedad civil al derecho del estado de naturaleza, no todo queda cubierto. Hay situaciones en las que el sujeto, si se ve fuera de esa garantía del gobierno civil y no puede más que responder con sus propias fuerzas, debe recurrir al derecho natural. Locke considera legítima, en este sentido, la defensa de esta propiedad con todos los medios posibles. También justifica la rebelión política cuando el poder no ofrece instancia de apelación para dirimir los conflictos.

En Kant no existe una fuente natural del derecho que justifique tales acciones. Este es un punto que siempre se le ha reprochado a Kant, pues, a pesar de su entusiasmo por la Revolución Francesa y Americana, negó a los ciudadanos el derecho a rebelarse contra un gobierno injusto. La sociedad prusiana no era tan dinámica como la inglesa. Kant, a más de un siglo de distancia, vivió la mayor parte de su vida filosófica productiva bajo el reinado de Federico II, el gran impulsor del mercantilismo y de la modernización de la administración del Estado prusiano. Los límites de su política colbertiana llegaban hasta el punto que lo permitían el poder fáctico del ejército y la influencia negativa de la Comisión para los Exámenes de la Religión, que lideraba Johann Christian Wöllner, un miembro de la Orden de la Logia de los Rosacruces con decisiva influencia sobre Federico. Este órgano de gobierno en la sombra tomaba todas las decisiones en materia religiosa y controlaba, en la práctica, la producción cultural. En ese contexto, Kant aborda la propiedad no desde los presupuestos del liberalismo, sino desde el lastre de una mentalidad religiosa y con una idea intervencionista sobre el Estado que alentaba el mercantilismo.

Clasificación del Derecho en Kant

Para Kant, desde una perspectiva apriorística, existen dos clases de derechos: el derecho privado o personal, y el derecho civil o público. Kant hace derivar el derecho de su filosofía moral. Para él, existen una serie de “deberes de justicia” (o jurídicos) y otros que son propiamente “deberes de virtud” (o éticos). Los primeros se apoyan en los principios metafísicos de la doctrina del derecho y los segundos en la doctrina de la virtud. La norma externa del derecho debe progresar en el sentido interno; es decir, cada miembro de la comunidad deberá asumir lo que la norma posee de mandato racional y propio. Kant, al igual que con la moral, formula un principio a priori para el derecho: “Actúa de tal modo que el uso de tu libertad pueda coexistir con la libertad de cada uno según una ley universal”. Kant hablará del “santo derecho de la humanidad”, expresión paralela a la de “voluntad santa”, aquella que actúa siempre conforme a la ley moral.

Orden Internacional y Paz Perpetua

En el orden internacional, al igual que Locke concibió el poder federativo para participar en el concierto de naciones, Kant aboga por unas relaciones internacionales en las que ve necesario sustituir “el derecho del más fuerte” por la “idea racional de una comunidad pacífica… formada por todos los pueblos de la tierra”. La idea utópica de una sociedad cosmopolita, en la que todos sus miembros actúen según la ley moral, no queda descolgada como un simple ideal, sino que entronca con la idea jurídico-política de Kant de una comunidad internacional, tal como la formuló en La paz perpetua (1795). La idea era la construcción de un orden jurídico en el que se incluyera la guerra como algo ilegal y se fomentara la paz por parte de los gobiernos.

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