Introducción a la Filosofía Política de Locke y Hobbes
El pensamiento político de John Locke está recogido en sus Dos tratados sobre el gobierno civil.
En el Primer tratado sobre el gobierno civil, Locke critica la teoría del origen divino del poder de los reyes. En el Segundo tratado sobre el gobierno civil, critica a Thomas Hobbes y expone sus propias ideas sobre el estado de naturaleza, el contrato social y los derechos del Estado y los ciudadanos.
La Visión de Thomas Hobbes: El Estado de Naturaleza y el Contrato Social
La filosofía política de Thomas Hobbes se sustentaba sobre la suposición de que los seres humanos no son sociales por naturaleza. Por tanto, cabe imaginar el estado en que se encontraban antes de vivir en sociedad. A este estado se lo conoce con el nombre de estado de naturaleza.
El estado de naturaleza es, más bien, una situación hipotética que resulta de tratar de entender cuál es el origen de la sociedad, y lo relevante es que a partir de él se puede entender la situación actual.
Antes de vivir en sociedad, según Hobbes, las personas vivían inmersas en una guerra perpetua de todos contra todos. La razón de ello es la propia naturaleza humana, caracterizada por su individualismo y egoísmo. Cada persona reclamaba para sí la posesión de los bienes de la naturaleza y los enfrentamientos eran permanentes. En este estado de naturaleza, todos gozaban del mismo derecho natural.
Este estado de inseguridad permanente, de caos y guerra, lleva a las personas a comprender la necesidad de buscar la paz. En resumen, la sociedad civil y el Estado son el resultado de un contrato entre individuos libres. Un contrato definitivo e irrevocable que implica la cesión de todos los derechos al soberano, quien pasa a ejercer el poder absoluto en todo lo relativo a garantizar la paz y la defensa.
La Perspectiva de John Locke: Libertad, Ley Natural y Derechos
Locke comparte con Hobbes la idea de que el ser humano no es un animal social por naturaleza y, como él, habla también de un estado de naturaleza previo a la constitución de la sociedad. Sin embargo, se separa de Hobbes porque rechaza la visión del estado de naturaleza como un estado de guerra permanente.
Según Locke, el estado de naturaleza es un estado de libertad, no de libertinaje. En él, las personas son libres e iguales, pero no tienen un derecho natural ilimitado. En el estado natural existe una ley natural que obliga a todos. Esta ley es la razón; es decir, es la razón humana la que dicta la ley natural. Una razón que nos enseña que todos somos iguales y libres por naturaleza, de tal modo que nadie puede dañar a otra persona en su vida, su salud, su libertad o su propiedad, ya que todos somos criaturas de Dios.
Puesto que Locke habla de una ley moral natural que obliga en conciencia independientemente del Estado y de su legislación (pues es anterior a la existencia de la sociedad civil), cree también en la existencia de unos derechos naturales, poseídos por los seres humanos por el mero hecho de serlo. Estos derechos son el derecho a la vida, a la igualdad, a la libertad y a la propiedad. Precisamente a este último, al derecho de propiedad, es al que dedica más atención, y se suele vincular este interés por justificar el derecho de propiedad privada con la mentalidad de los propietarios whigs.
La ley natural establece el derecho a la propiedad de los bienes necesarios para conservar la vida, puesto que Dios ha dado a los hombres la tierra y todo lo que hay en ella para que conserven su vida, y a los bienes que se obtienen con el trabajo propio. Sin embargo, no daría derecho a una posesión ilimitada de bienes, a más de los que se necesitan, ni a los bienes que no resultan del propio trabajo.
Al plantear la existencia de unos derechos naturales deducidos por la razón humana, Locke se sitúa en la línea del Iusnaturalismo (doctrina que sostiene que existe un orden jurídico natural de carácter universal en el que ha de inspirarse y fundamentarse el derecho positivo –las leyes concretas de cada Estado).
El Contrato Social en Locke: Preservación de Derechos y Libertades
Aunque el estado de naturaleza no es un estado de guerra, la propia razón nos persuade de que es mejor formar una sociedad organizada para preservar los derechos y libertades.
El origen de la sociedad civil y del Estado se halla, por tanto, en un pacto o contrato social que las personas acuerdan libremente. Al hacer este pacto, renuncian a parte de su libertad para garantizar sus derechos. En el estado de naturaleza, no todos respetan la ley natural y en ocasiones la incumplen. Cuando eso sucede, cada persona se convierte en juez de su propia causa y tiene derecho a hacer justicia por su cuenta.
El contrato social supone que los ciudadanos acuerdan otorgar poder al Estado para que este garantice los derechos naturales de los ciudadanos. Al hacerlo, las personas renuncian a parte de su libertad porque aceptan que el poder legislativo (el parlamento) elabore leyes encaminadas al bien común y que las aplique, así como que sea él quien determine la sanción que acarrea la infracción de las mismas. Sin embargo, no renuncian al resto de sus derechos (libertad, igualdad, propiedad).
Una vez constituido el pacto, las personas se convierten en ciudadanos y ciudadanas, aceptan someterse a la voluntad de la mayoría y sus derechos naturales, que no desaparecen, se convierten en derechos civiles sancionados por el Estado. Puede decirse que, al convertirse en ciudadanos, las personas aceptan una restricción de la libertad del estado de naturaleza para poder gozar con más seguridad de su libertad.
El Estado en Locke: Commonwealth y División de Poderes
El término inglés que Locke emplea para referirse al Estado es “commonwealth”, que puede ser traducido también como república. Con ello quiere destacar que no se trata de una forma de gobierno particular, sino un sistema de gobierno dedicado a aumentar el bienestar social o la riqueza común, a diferencia de todo aquel gobierno cuyo fin era el beneficio de un individuo o una clase. El término tiene un sentido similar al de la frase latina res publica –la cosa pública–, para significar el aspecto de beneficio común implícito en un Estado.
Así entendido, el Estado no tiene otra misión que la de servir a los ciudadanos y velar por su bienestar, y no puede ejercer el poder de forma absoluta o arbitraria (a diferencia de lo que sostenía Hobbes, para quien las personas habían cedido todos sus derechos al soberano). Es más, si el monarca o el Parlamento no responden a los fines encomendados por el pueblo, este tiene derecho a cambiarlos, incluso recurriendo a la fuerza si fuera necesario. El pacto no es irrevocable como decía Hobbes; la cesión de derechos es siempre revocable y la resistencia al poder es siempre un derecho.
La División de Poderes según Locke
En la constitución del Estado se establecen dos poderes principales:
- El poder supremo es el poder legislativo (que, según Locke, incluye el poder judicial), porque lo esencial es hacer buenas leyes.
- El otro poder es el poder ejecutivo, subordinado al anterior.
A ellos se añade el poder federativo, que regula las relaciones con otros Estados (abarca el poder de hacer la guerra y firmar la paz, y concertar alianzas y tratados). Aunque lo consideraba un poder distinto, Locke señalaba que el poder federativo difícilmente podía separarse del ejecutivo, por lo que lo incluía en este.
El poder legislativo reside en el pueblo, que posee, como ya hemos dicho, el derecho de cambiar a los que ocupan el poder legislativo y ejecutivo cuando estos no respetan los derechos individuales irrenunciables. No obstante, hay que aclarar que, al mismo tiempo, Locke introduce toda una serie de cláusulas que limitan la igualdad humana universal y lo llevan a defender que el poder legislativo ha de recaer en propietarios satisfechos, ya que estos no buscan el bien particular, sino el bien común.
Tolerancia y Libertad Religiosa en Locke
Para finalizar, comentar que Locke abordó también el tema de la tolerancia y defendió la libertad religiosa y de pensamiento, con lo que se postulaba a favor de los puritanos ingleses (1). Consideraba que el Estado no debía intervenir en asuntos éticos o religiosos y su tarea se limitaba a garantizar a sus ciudadanos el ejercicio de estas libertades.
Legado e Influencia de la Teoría Política de Locke y Rousseau
Hasta aquí se han desarrollado los principios fundamentales de la teoría política de Locke. Una teoría política que ejerció una enorme influencia en el futuro porque expresaba las aspiraciones de la clase burguesa.
Su insistencia en la división de poderes, en la libertad del individuo frente al Estado y su defensa de los derechos naturales fundamentales influyeron de modo determinante en el pensamiento político de la Ilustración e inspiraron las revoluciones de finales del siglo XVIII y los sistemas democráticos posteriores.
En este sentido, merece una mención especial Jean-Jacques Rousseau (1712-1778), quien en su obra El contrato social replanteará el contrato social a partir de la noción de voluntad general.
Para este autor, solo es legítimo el pacto que garantice que las personas recuperen su libertad e igualdad originales; el pacto consiste en que todos los individuos acepten renunciar a sus intereses personales y sigan los dictados de la voluntad general. Una voluntad general que se caracteriza por mirar siempre al interés común, mientras que la voluntad de todos es la suma de las voluntades particulares, que están siempre dirigidas a un interés privado y particular. Lo que hace de una voluntad una voluntad general es el interés común que la dirige, no el número de votos o de intereses personales coincidentes.