El Ser Humano Según Jean-Jacques Rousseau
Rousseau se plantea en El Contrato Social la necesidad de preservar en el estado civil la libertad que el hombre posee en el estado de naturaleza, en lugar de corromperla.
“El hombre nace libre, pero por todas partes se le encuentra encadenado”, sostiene en El Contrato Social.
El Hombre Natural: Una Hipótesis Intelectual
En el Discurso sobre el origen y el fundamento de la desigualdad entre los hombres, el hombre natural se plantea como una hipótesis, no como un hecho histórico. Sostiene que no existe y que quizá nunca haya existido. Es una reconstrucción intelectual con la que se trata de responder a la pregunta: ¿cómo sería el hombre si se suprime en él todo lo que debe a la sociedad?
Características del Hombre en Estado de Naturaleza
El hombre, afirma Rousseau, tendría dos pasiones básicas:
- El amor a sí mismo (entendido como deseo de autoconservación).
- La compasión.
Además, sería libre, pues en estado de naturaleza el hombre puede lo que quiere, tiene suficiente para vivir, está satisfecho y no quiere más que lo que puede, con lo que no vive frustrado. Sus deseos están limitados por lo único que posee en ausencia de sociedad y, por tanto, de lenguaje: la sensación, y por el rigor de la naturaleza, por las leyes implacables de la naturaleza, las cuales acepta. El hombre desea solo lo que la naturaleza le permite y le presenta a los sentidos.
La Corrupción en la Vida Civilizada
Para Rousseau, la vida civilizada de su tiempo excita los deseos más allá de lo que es necesario, con lo que corrompe a los hombres y los hace esclavos del capricho de sus pasiones (Discurso sobre las ciencias y las artes). Por otro lado, al haber sido instaurada la propiedad privada, obliga a unos hombres a entrar en servidumbre, a someterse a otros, perdiendo su natural independencia.
En el estado social, el amor a sí mismo se ha convertido en amor propio (orgullo), nacido de la vida social, en un afán competitivo y de comparación de sí mismo con respecto de los demás (Discurso sobre el origen y el fundamento de la desigualdad entre los hombres). Esto es, ha dado paso a la soberbia, a la vanidad y a la envidia, que arrinconan los naturales sentimientos de compasión. El hombre así no se muestra como es y no es nada para sí mismo fuera de la opinión que de él tienen los demás.
Libertades en el Estado Natural
En estado natural, en cambio, los hombres poseen:
- Libertad exterior (pueden hacer y conseguir aquello que desean, pues son independientes de la voluntad ajena).
- Libertad interior (pues no quieren más de lo que pueden, no están dominados por los deseos, como en el estado civilizado).
El Propósito del Estado Civil
El estado civil debe garantizar la libertad exterior (no depender de otros para la satisfacción de las necesidades, no entrar en servidumbre) y fundar una sociedad en la que los hombres se hagan dueños de sus deseos, es decir, restablecer la libertad interior que el hombre tenía en su estado natural originario. Eso sí, se trataría de una libertad interior que, como obediencia a la ley moral y no a la necesidad natural, se va a convertir en libertad moral, de darse a sí mismo normas morales y obedecerlas. Esa va a ser una ganancia que el hombre obtendrá del pacto social.
La Propuesta Política de Rousseau: El Nuevo Contrato Social
En El Contrato Social se defiende que los hombres deben establecer “un nuevo contrato social” que los acerque a su estado natural y los libere de la servidumbre y el dominio de unos sobre otros.
La Voluntad General como Fuente de Soberanía
Este nuevo contrato es un pacto del individuo con todos los demás, por el que se genera un poder colectivo, denominado voluntad general, la cual es distinta a la suma de las voluntades individuales y que se constituye la fuente del poder político, de la soberanía. En el pacto social todos renuncian al derecho que tienen sobre sí mismos en favor de ese poder colectivo, superior al individuo, denominado voluntad general.
Ahora bien, este pacto se da de tal modo que el hombre permanezca tan libre como antes y, dándose a todos, no se dé a nadie (no se someta a nadie en particular) y recupere uno la propia independencia y libertad. Ser libre es obedecerse a sí mismo, por tanto, en su sometimiento a la voluntad general el hombre solo debe obedecerse a sí mismo, a su propio interés.
Condiciones de la Libertad en el Pacto
¿Cómo es posible? Porque el contrato exige una igualdad absoluta: se renuncia al poder que se tiene sobre sí mismo, a condición de que todos los demás hagan lo mismo. Por tanto, el contrato, al obligar a todos por igual, implica que nadie tiene interés en la renuncia de su propia independencia y libertad, ni en establecer cláusulas de dominio en el contrato que se le aplicarían también a sí mismo.
La enajenación de los derechos sobre sí mismo tiene que ser total para que el pacto asegure la libertad de todos. Solo un poder superior al de cualquier individuo puede garantizar que ningún hombre particular someta a otro. Si la enajenación no es total, se hace inútil el pacto, pues no podría constituirse un poder colectivo tan superior en fuerza al individuo como para asegurar la libertad e independencia de cada uno.
La libertad residirá, por tanto, en la sumisión a la voluntad general. La voluntad del individuo y la voluntad general coinciden, son la misma; por ello el hombre que se somete a la voluntad general es libre, pues al someterse asegura su libertad, y solo se obedece a sí mismo.
Naturaleza y Atributos de la Voluntad General
La voluntad general es una facultad propia del cuerpo colectivo, consistente en el deseo colectivo, permanente y racional de realizar todo lo que vaya en interés de la comunidad. Su objeto, por tanto, es el bien común, razón de ser de dicho cuerpo colectivo. Y el bien común es asegurar la libertad e independencia de unos con respecto de otros. La voluntad general es, por definición, justa. Y tiene por objeto elaborar la ley, orientada al bien común, a la seguridad de la libertad e igualdad de todos.
Esa soberanía consistente en elaborar leyes justas es:
- Indivisible.
- Inalienable.
Indivisibilidad y Soberanía Ciudadana
La voluntad general es “indivisible”, pues no caben en ella intereses particulares, facciones, lo que comportaría que unos hombres manifestaran intereses particulares y dominaran a otros. Al efectuar el pacto todos se recuperan a sí mismos como miembros de la soberanía, es decir, pasan a formar parte, de modo indivisible, de la voluntad general.
Rousseau es en esto muy contundente: la soberanía no se delega, no se cede (“aliena”) a otro, sino que son los mismos los que mandan que los que obedecen; todos son súbditos y soberanos (“ciudadanos”) a la vez.
Ese sometimiento a la voluntad general es un sometimiento a la ley moral y no meramente a las leyes físicas de la naturaleza. Es decir, el hombre gana en el estado civil una libertad nueva: la de obedecer a la ley moral que se ha prescrito, que se ha dado a sí mismo como miembro de la voluntad general. La voluntad general es aquella cuyo requerimiento es ser justa, es orientarse al bien común, es una voluntad moral.
