Ronald Dworkin (1931-2013)
Ronald Dworkin, académico de Harvard y Oxford, desarrolló su carrera como juez y abogado antes de dedicarse a la docencia. Es autor de obras fundamentales como El imperio de la ley y Justicia para erizos.
- Enfoque: Se centra en el disfrute efectivo de los derechos por parte de los individuos y en los mecanismos para garantizarlos.
- Crítica al positivismo: Sostiene que el derecho no se compone solo de normas, sino también de costumbres, valores, moralidad y principios.
- Cadena lógica del derecho: Valores → Principios → Normas.
- Iusnaturalismo: Su pensamiento es próximo al iusnaturalismo al integrar la justicia y la moralidad en el sistema jurídico.
H.L.A. Hart (1907-1992)
Profesor de jurisprudencia en Oxford y figura clave de la escuela analítica, Hart se preocupó por el análisis del lenguaje y la estructura del derecho.
- Positivismo: Considera que el derecho está ligado a la coacción. La justicia es una virtud jurídica, pero no constituye el derecho en sí mismo.
- Normas primarias y secundarias: Las primarias imponen deberes, mientras que las secundarias confieren potestades (crear, modificar o extinguir normas).
- Regla de reconocimiento: Es la norma aceptada por la comunidad jurídica para identificar qué reglas pertenecen al ordenamiento, rechazando la necesidad de una Grundnorm (norma fundamental) al estilo de Kelsen.
El Lenguaje Jurídico
El lenguaje es un sistema de símbolos esencial para el derecho. Se divide en:
- Coloquial: Cotidiano, flexible y ambiguo.
- Técnico: Preciso, especializado y profesional.
Funciones del lenguaje (según Hegel)
- Informativo: Describe hechos.
- Interrogativo: Pide información.
- Expresivo: Comunica emociones.
- Operativo: Impulsa a actuar.
- Prescriptivo: Manda, prohíbe u obliga (la más importante en el derecho).
Axiología Jurídica: Los Valores
La axiología estudia los valores del derecho, los cuales representan el «deber ser». Según el Art. 1 de la Constitución Española, los valores superiores son:
- Libertad: Capacidad de elegir con responsabilidad (interna y externa).
- Igualdad: Tratar igual lo igual y desigual lo desigual.
- Pluralismo político: Reconocimiento de la diversidad ideológica como base democrática.
Luigi Taparelli y la Justicia Social
Sacerdote jesuita y seguidor de Santo Tomás de Aquino, es considerado el fundador del concepto de justicia social.
- Poder y autoridad: El gobernante no tiene un poder absoluto, sino condicionado al bien común.
- Derecho y moral: Aunque son órdenes distintos, no deben separarse; una ley contraria a la moral social está destinada al fracaso.
- Bien Común (BC): Prevalece sobre el bien individual y se alcanza mediante el perfeccionamiento del entendimiento, la voluntad y la vida.
Comparativa: Iusnaturalismo vs. Iuspositivismo
Iusnaturalismo
- Fundamento: Naturaleza humana, razón y dignidad.
- Validez: Exige procedimiento y justicia.
- Derechos Humanos: Son anteriores y superiores al Estado.
Iuspositivismo
- Fundamento: Voluntad del legislador y procedimiento.
- Validez: Exige únicamente el cumplimiento del procedimiento correcto.
- Derechos Humanos: Existen solo porque el ordenamiento los reconoce.
Deontología del Juez (DEO)
El juez es el garante de la justicia en el caso concreto. Sus deberes incluyen:
- Actuar con independencia, imparcialidad y probidad.
- Garantizar las garantías procesales y los Derechos Fundamentales.
- Interpretar la ley con fidelidad, buscando la equidad.
- Dictar sentencias claras, motivadas y sin influencias externas.
