Los Grados del Conocimiento: Fundamentos y Aplicación en el Ámbito Jurídico

Los Grados del Conocimiento

Conocimiento

Acción del sujeto con base en las experiencias vividas.

Grados del Conocimiento en General

Son los niveles de razón y lógica que el ser humano alcanza en un tema determinado, en un momento y lugar dados. Dentro del conocimiento general se puede distinguir la siguiente clasificación:

  • Conocimiento Vulgar
  • Conocimiento Científico
  • Conocimiento Filosófico

Conocimiento Vulgar

Es aquel que no explica las causas de los fenómenos, sino que se funda principalmente en las apariencias sensibles de las cosas a través de la experiencia.

Características
  • Tiene su origen en los sentidos.
  • Está fundamentado en la experiencia.
  • Carece de métodos lógicos.
  • Es ingenuo, empírico, variable y particular.

Conocimiento Científico

Es aquel conocimiento de los fenómenos por sus causas inmediatas y las leyes que expresan la regularidad con que tales fenómenos se producen.

Características
  • Es seguro, comprobable con la experiencia.
  • Es limitado, referido a una determinada ciencia; y cada ciencia posee su propio objeto.

Conocimiento Filosófico

Es el conocimiento fundado en las causas últimas de las cosas, buscando siempre su esencia.

Características
  • Es autónomo, no se apoya en otros conocimientos.
  • Es universal, estudia el universo en su totalidad y sirve de apoyo a los conocimientos científicos.

Grados del Conocimiento Jurídico

Al igual que en el conocimiento general, se distingue la siguiente clasificación:

  • Conocimiento Jurídico Vulgar
  • Conocimiento Jurídico Científico
  • Conocimiento Jurídico Filosófico

Conocimiento Jurídico Vulgar

Es el que poseen sobre el Derecho los no abogados. Es un conocimiento simple que se tiene del mundo jurídico.

Características
  • Es voluntario, natural y generalizado.
  • Carece de base de sustanciación.
  • No es comprobable en la práctica.
  • Es el Derecho Objetivo, propiamente dicho.

Conocimiento Jurídico Científico

Es el conocimiento sistemático del Derecho. Es un conocimiento exacto que se tiene del mundo jurídico.

Características
  • Su base principal es el método científico.
  • Es parcialmente unificado.
  • Es seguro y limitado.
  • Es el Derecho Subjetivo, propiamente dicho.

Conocimiento Jurídico Filosófico

Es aquel conocimiento más profundo en el Derecho, ya que comprende los conceptos fundamentales de los valores jurídicos.

Características
  • Va más allá de la norma.
  • Es totalmente unificado.
  • Es autónomo, porque no se apoya en otro conocimiento.

La Ciencia del Derecho

Es aquella que se ocupa del estudio del Derecho Positivo, es decir, de las normas jurídicas que han estado o están en vigencia, para extraer de este estudio nociones generales que permiten elaborar teorías, conceptos y construcciones jurídicas.

Características
  • PRÁCTICA: Porque los científicos del Derecho aportan los resultados de sus investigaciones a los legisladores, para que se aproximen a los fines fundamentales del Derecho.
  • INDIVIDUALIZADORA: Porque particulariza e individualiza su objeto de estudio, que es el Derecho.
  • SISTEMÁTICA: Porque los resultados de las investigaciones no quedan dispersos, sino que se reúnen y organizan para formar un ordenamiento jurídico.
  • DOGMÁTICA: Porque se obtienen principios jurídicos caracterizados por la firmeza.
  • CULTURAL: Su objeto de estudio pertenece al mundo de la cultura.
  • VALORATIVA: El jurista debe tener una escala de valores para obtener el sentido objetivo del ordenamiento jurídico.
  • COMPRENSIVA: Debe ser de fácil entendimiento para poder aplicarla.

La Filosofía del Derecho

Es aquella rama de la filosofía que estudia los primeros principios y las últimas causas del orden jurídico, a través de la razón, con el propósito de establecer las disposiciones imprescindibles para una convivencia estable.

Los Temas de la Filosofía del Derecho
  1. TEMA LÓGICO: Estudia e investiga el Derecho para tratar de definirlo en su integridad lógica; relaciona la moral con el derecho. Su estudio abarca también el derecho en sentido objetivo y subjetivo, la relación jurídica, los sujetos del derecho, la coercibilidad, sanción, coacción, además de explicar y disipar dudas sobre conceptos conexos.
  2. TEMA FENOMENOLÓGICO: Examina el derecho como fenómeno socio-histórico, en ese sentido parte de su génesis para observar sus caracteres generales y su evolución.
  3. TEMA DEONTOLÓGICO: Determina los valores que el derecho debe contener, en atención a los principios éticos, morales, justicieros, etc., para contraponerlos a lo que realmente acontece en la realidad empírica, es decir, enfrenta lo que el derecho debe ser frente a lo que prácticamente es. Se opone una verdad ideal a un acontecer fáctico.

Diferencia entre la Filosofía Jurídica y la Ciencia del Derecho

  1. La filosofía del derecho se ocupa del derecho en su integridad, tanto positivo como natural, valorando y determinando sus principios, fines y obligatoriedades, mientras la ciencia del derecho estudia el orden jurídico positivo histórico o vigente.
  2. A la filosofía del derecho le corresponden los valores puros, mientras que a la ciencia del derecho le corresponden los valores positivos.

Ambas pueden, deben y tienen que coexistir, pues se complementan.

La Introducción al Derecho

Es aquella disciplina que con fines didácticos trata las nociones generales del derecho.

Elementos que la Integran
  • SOCIOLÓGICOS: Porque el Derecho rige la sociedad.
  • DOGMÁTICOS: Estudia sus instituciones de manera sistemática.
  • FILOSÓFICOS: Estudia e investiga el Derecho en forma general.
Finalidad
  • Es de carácter pedagógico.
  • No posee objeto propio ni exclusivo.
  • Aspira al entendimiento del Derecho de una manera lógica y didáctica a fin de descubrirlo en su totalidad.

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